Decreto del Gobierno de la Federación de Rusia de 15 de agosto. Sobre la aprobación de las normas para la prestación de servicios educativos remunerados. Reglas para la prestación de servicios educativos pagados.

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GOBIERNO DE LA FEDERACIÓN DE RUSIA

RESOLUCIÓN

SOBRE LA APROBACIÓN DE LAS NORMAS

PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS PAGOS

De conformidad con la parte 9 del artículo 54. Ley Federal"Sobre la educación en la Federación de Rusia" El Gobierno de la Federación de Rusia decide:

1. Aprobar las Normas adjuntas para la prestación de servicios pagados. servicios educativos.

2. Reconocer como inválido:

Decreto del Gobierno de la Federación de Rusia de 5 de julio de 2001 No. 505 "Sobre la aprobación de las Reglas para la prestación de servicios educativos remunerados" (Legislación recopilada de la Federación de Rusia, 2001, No. 29, Art. 3016);

Decreto del Gobierno de la Federación de Rusia de 1 de abril de 2003 No. 181 "Sobre la introducción de enmiendas y adiciones al Decreto del Gobierno de la Federación de Rusia de 5 de julio de 2001 No. 505" (Legislación recopilada de la Federación de Rusia, 2003 , N° 14, Art. 1281);

Decreto del Gobierno de la Federación de Rusia de 28 de diciembre de 2005 No. 815 "Sobre enmiendas a las Reglas para la prestación de servicios educativos remunerados" (Legislación recopilada de la Federación de Rusia, 2006, No. 1, Art. 156);

Decreto del Gobierno de la Federación de Rusia de 15 de septiembre de 2008 No. 682 "Sobre enmiendas a las Reglas para la prestación de servicios educativos remunerados" (Legislación recopilada de la Federación de Rusia, 2008, No. 38, Art. 4317).

Presidente del Gobierno

Federación Rusa

D.MEDVEDEV

Aprobado

Resolución del gobierno

Federación Rusa

REGLAS PARA PROPORCIONAR SERVICIOS EDUCATIVOS PAGOS

I. Disposiciones generales

1. Este Reglamento determina el procedimiento para la prestación de servicios educativos remunerados.

2. Conceptos utilizados en estas Reglas:

“cliente”: una persona física y (o) jurídica que tiene la intención de solicitar o solicitar servicios educativos pagados para sí mismo o para otras personas sobre la base de un acuerdo;

"ejecutor" - la organización que lleva a cabo actividades educacionales y proporcionar servicios educativos remunerados a un estudiante (se equiparan a una organización que lleva a cabo actividades educativas empresarios individuales realización de actividades educativas);

“falta de servicios educativos pagados” - inconsistencia de los servicios educativos pagados o requisitos obligatorios, previsto por la ley o en la forma establecida por ella, o los términos del contrato (en su ausencia o incompletitud de las condiciones generalmente impuestas a los requisitos), o los fines para los cuales se utilizan habitualmente los servicios educativos pagados, o los fines de los cuales el cliente informó al contratista al celebrar el contrato, incluida su provisión no completa, prevista por programas educativos (parte de programa educativo);

"alumno" - individual dominar el programa educativo;

“servicios educativos pagados”: la implementación de actividades educativas en asignaciones y a expensas de físico y (o) entidades legales en virtud de acuerdos educativos celebrados al momento de la admisión a estudiar (en adelante, el acuerdo);

“una deficiencia significativa en los servicios educativos remunerados” es una deficiencia irreparable, o una deficiencia que no puede eliminarse sin costos o tiempo desproporcionados, o se identifica repetidamente, o reaparece después de su eliminación, u otras deficiencias similares.

3. No se pueden proporcionar servicios educativos pagos en lugar de actividades educativas, soporte financiero que se lleva a cabo a expensas de las asignaciones presupuestarias del presupuesto federal, los presupuestos de las entidades constitutivas de la Federación de Rusia y los presupuestos locales. Los fondos recibidos por los artistas intérpretes o ejecutantes durante la prestación de dichos servicios educativos pagados se devuelven a las personas que pagaron por estos servicios.

4. Las organizaciones que llevan a cabo actividades educativas a expensas de las asignaciones presupuestarias del presupuesto federal, los presupuestos de las entidades constitutivas de la Federación de Rusia y los presupuestos locales tienen derecho a proporcionar servicios educativos remunerados a expensas de las personas físicas y (o) jurídicas que sean no previsto por la asignación o acuerdo estatal o municipal establecido sobre la provisión de un subsidio para el reembolso de costos en las mismas condiciones para la prestación de los mismos servicios.

5. El rechazo por parte del cliente de los servicios educativos pagados que se le ofrecen no puede ser motivo de un cambio en el volumen y las condiciones de los servicios educativos que ya le ha proporcionado el contratista.

6. El Contratista está obligado a proporcionar al cliente la prestación de servicios educativos pagos en su totalidad de acuerdo con los programas educativos (parte del programa educativo) y los términos del contrato.

7. El Contratista tiene derecho a reducir el costo de los servicios educativos pagados en virtud del contrato, teniendo en cuenta la cobertura del costo faltante de los servicios educativos pagados a expensas de propios fondos el artista intérprete o ejecutante, incluidos los fondos recibidos de actividades generadoras de ingresos, donaciones voluntarias y contribuciones específicas de personas físicas y (o) jurídicas. Los motivos y el procedimiento para reducir el costo de los servicios educativos pagados son establecidos por el gobierno local. acto normativo y se comunican al cliente y (o) al estudiante.

8. No se permite un aumento en el costo de los servicios educativos pagados después de la celebración de un acuerdo, con excepción de un aumento en el costo de estos servicios teniendo en cuenta el nivel de inflación previsto por las principales características del presupuesto federal. para el próximo ejercicio financiero y período de planificación.

II. Información sobre servicios educativos pagos,

procedimiento para celebrar contratos

9. El Contratista está obligado, antes de celebrar el contrato y durante el período de su vigencia, a proporcionar al cliente información fiable sobre él mismo y sobre los servicios educativos pagados prestados, garantizando la posibilidad de su correcta elección.

10. El Contratista está obligado a proporcionar al cliente información que contenga información sobre la prestación de servicios educativos pagos en la forma y volumen previstos por la Ley de la Federación de Rusia "Sobre la Protección de los Derechos del Consumidor" y la Ley Federal ". Sobre la educación en la Federación de Rusia”.

11. La información prevista en los párrafos 9 y 10 de estas Reglas es proporcionada por el contratista en el lugar de implementación real de las actividades educativas, así como en la ubicación de la sucursal de la organización que lleva a cabo actividades educativas.

12. El acuerdo se concluye en forma escrita simple y contiene la siguiente información:

a) el nombre completo y la razón social (si la hubiera) del artista intérprete o ejecutante, una entidad jurídica; apellido, nombre, patronímico (si lo hubiera) del artista - empresario individual;

b) ubicación o lugar de residencia del artista intérprete o ejecutante;

c) nombre o apellido, nombre, patronímico (si lo hubiera) del cliente, número de teléfono del cliente;

d) ubicación o lugar de residencia del cliente;

e) apellido, nombre, patronímico (si lo hubiera) del representante del contratista y (o) del cliente, detalles del documento que certifica la autoridad del representante del contratista y (o) del cliente;

f) apellido, nombre, patronímico (si lo hubiera) del estudiante, su lugar de residencia, número de teléfono (indicado en el caso de la prestación de servicios educativos remunerados a favor de un estudiante que no es cliente en virtud del contrato) ;

g) derechos, deberes y responsabilidades del artista, cliente y estudiante;

h) el costo total de los servicios educativos, el procedimiento para su pago;

i) información sobre la licencia para realizar actividades educativas (nombre de la autoridad otorgante, número y fecha de registro de la licencia);

j) tipo, nivel y (o) enfoque del programa educativo (parte de un programa educativo de cierto nivel, tipo y (o) enfoque);

k) forma de formación;

l) plazos para dominar el programa educativo (duración del estudio);

m) el tipo de documento (si lo hubiera) emitido al estudiante después de haber completado con éxito el programa educativo correspondiente (parte del programa educativo);

o) el procedimiento para modificar y rescindir el contrato;

n) otros Información necesaria relacionado con las características específicas de los servicios educativos pagados prestados.

13. El acuerdo no puede contener condiciones que limiten los derechos de las personas con derecho a recibir educación de un determinado nivel y orientación y que hayan presentado una solicitud de admisión para estudiar (en adelante, solicitantes) y los estudiantes o reduzcan el nivel de garantías brindadas a ellos en comparación con las condiciones establecidas por la ley Federación Rusa sobre educación. Si en el contrato se incluyen condiciones que limitan los derechos de los solicitantes y estudiantes o que reducen el nivel de garantías que se les brindan, dichas condiciones no están sujetas a aplicación.

14. Formularios de muestra se aprueban los contratos organismo federal poder ejecutivo, que desempeña las funciones de desarrollo de la política estatal y regulación legal en el campo de la educación.

15. La información especificada en el contrato debe corresponder a la información publicada en el sitio web oficial. organización educativa en la red de información y telecomunicaciones "Internet" en la fecha de celebración del contrato.

III. Responsabilidad del contratista y del cliente.

16. Por incumplimiento o cumplimiento inadecuado de las obligaciones contractuales, el contratista y el cliente son responsables según el contrato y la legislación de la Federación de Rusia.

17. Si se detecta una falta de servicios educativos pagados, incluida su prestación no íntegra, prevista por los programas educativos (parte del programa educativo), el cliente tiene derecho, a su elección, a exigir:

a) prestación de servicios educativos de forma gratuita;

b) una reducción proporcional del costo de los servicios educativos remunerados prestados;

c) reembolso de los gastos incurridos por él para eliminar deficiencias en los servicios educativos remunerados prestados por sí o por terceros.

18. El cliente tiene derecho a negarse a cumplir el contrato y exigir una compensación total por las pérdidas si el contratista no elimina las deficiencias de los servicios educativos pagados dentro del plazo establecido en el contrato. El cliente también tiene derecho a negarse a cumplir el contrato si descubre una deficiencia significativa en los servicios educativos pagados prestados u otras desviaciones importantes de los términos del contrato.

19. Si el contratista violó los términos para la prestación de servicios educativos pagados (las fechas de inicio y (o) finalización para la prestación de servicios educativos pagados y (o) términos intermedios para la prestación de servicios educativos pagados) o si durante la prestación de los servicios educativos pagados se hizo evidente que no se prestarían en el plazo previsto, el cliente tiene derecho, a su elección:

a) asignar al contratista un nuevo período durante el cual el contratista debe comenzar a brindar servicios educativos pagos y (o) completar la prestación de servicios educativos pagos;

b) encomendar la prestación de servicios educativos remunerados a terceros a un precio razonable y exigir al contratista el reembolso de los gastos incurridos;

c) exigir una reducción en el costo de los servicios educativos remunerados;

d) rescindir el contrato.

20. El cliente tiene derecho a exigir una compensación total por las pérdidas que le hayan causado en relación con la violación de las fechas de inicio y (o) finalización de la prestación de servicios educativos pagados, así como en relación con las deficiencias de los servicios educativos pagados.

21. A iniciativa del contratista, el contrato podrá resolverse unilateralmente en el siguiente caso:

a) solicitud de expulsión como medida disciplinaria a un estudiante que haya cumplido 15 años;

b) incumplimiento por parte de los estudiantes en un programa educativo profesional (parte de un programa educativo) de cumplir con las obligaciones de dominar concienzudamente dicho programa educativo (parte de un programa educativo) e implementar el plan de estudios;

c) establecimiento de una violación del procedimiento de admisión a una organización que realiza actividades educativas, que resultó, por culpa del estudiante, en su inscripción ilegal en esta organización educativa;

d) pago tardío del costo de los servicios educativos pagados;

e) la imposibilidad de cumplir adecuadamente con las obligaciones de brindar servicios educativos remunerados debido a las acciones (inacción) del estudiante.

Decreto del Gobierno de la Federación de Rusia del 15 de agosto de 2013 N 706 Moscú

"Tras la aprobación del Reglamento para la prestación de servicios educativos remunerados"

9 Artículo 54 de la Ley federal "sobre educación en la Federación de Rusia" Gobierno de la Federación de Rusia decide:

1. Aprobar el Reglamento adjunto para la prestación de servicios educativos remunerados.

2. Reconocer como inválido:

Decreto del Gobierno de la Federación de Rusia de 5 de julio de 2001 N 505 "Sobre la aprobación de las Normas para la prestación de servicios educativos remunerados" (Legislación recopilada de la Federación de Rusia, 2001, N 29, Art. 3016);

Decreto del Gobierno de la Federación de Rusia de 1 de abril de 2003 N 181 "Sobre la introducción de modificaciones y adiciones al Decreto del Gobierno de la Federación de Rusia de 5 de julio de 2001 N 505" (Legislación recopilada de la Federación de Rusia, 2003, N 14, artículo 1281);

Decreto del Gobierno de la Federación de Rusia de 28 de diciembre de 2005 N 815 "Sobre enmiendas a las Normas para la prestación de servicios educativos remunerados" (Legislación recopilada de la Federación de Rusia, 2006, N 1, art. 156);

2008 N 682 “Sobre enmiendas a las Reglas para la prestación de servicios educativos remunerados” (Recopilación de legislación de la Federación de Rusia, 2008, N 38, Art. 4317).

Presidente del Gobierno de la Federación de Rusia D. Medvedev

Reglas para la prestación de servicios educativos pagados.

I. Disposiciones generales

1. Este Reglamento determina el procedimiento para la prestación de servicios educativos remunerados.

2. Conceptos utilizados en estas Reglas:

“cliente”: una persona física y (o) jurídica que tiene la intención de solicitar o solicitar servicios educativos pagados para sí mismo o para otras personas sobre la base de un acuerdo;

"ejecutor": una organización que lleva a cabo actividades educativas y brinda servicios educativos remunerados a los estudiantes (los empresarios individuales que llevan a cabo actividades educativas se equiparan a una organización que lleva a cabo actividades educativas);

“Falta de servicios educativos pagados”: incumplimiento de los servicios educativos pagados con los requisitos obligatorios previstos por la ley o en la forma establecida por ella, o con los términos del contrato (en su ausencia o en el caso de que las condiciones generalmente impuestas a ellos estén incompletas o incompletas). los requisitos), o los fines para los cuales se utilizan habitualmente los servicios educativos pagados, o los fines de los cuales el cliente informó al contratista al celebrar el contrato, incluida su prestación no en la medida completa prevista por los programas educativos (parte del programa educativo);

“estudiante”: un individuo que domina un programa educativo;

“servicios educativos pagados”: la implementación de actividades educativas en asignaciones y por cuenta de personas físicas y (o) jurídicas en virtud de acuerdos educativos celebrados al momento de la admisión a estudiar (en adelante, el acuerdo);

“una deficiencia significativa en los servicios educativos remunerados” es una deficiencia irreparable, o una deficiencia que no puede eliminarse sin costos o tiempo desproporcionados, o se identifica repetidamente, o reaparece después de su eliminación, u otras deficiencias similares.

3. No se pueden proporcionar servicios educativos remunerados en lugar de actividades educativas cuyo apoyo financiero se proporciona mediante asignaciones presupuestarias del presupuesto federal, los presupuestos de las entidades constitutivas de la Federación de Rusia y los presupuestos locales. Los fondos recibidos por los artistas intérpretes o ejecutantes durante la prestación de dichos servicios educativos pagados se devuelven a las personas que pagaron por estos servicios.

4. Las organizaciones que llevan a cabo actividades educativas a expensas de las asignaciones presupuestarias del presupuesto federal, los presupuestos de las entidades constitutivas de la Federación de Rusia y los presupuestos locales tienen derecho a proporcionar servicios educativos remunerados a expensas de las personas físicas y (o) jurídicas que sean no previsto por la asignación o acuerdo estatal o municipal establecido sobre la provisión de un subsidio para el reembolso de costos en las mismas condiciones para la prestación de los mismos servicios.

5. El rechazo por parte del cliente de los servicios educativos pagados que se le ofrecen no puede ser motivo de un cambio en el volumen y las condiciones de los servicios educativos que ya le ha proporcionado el contratista.

6. El Contratista está obligado a proporcionar al cliente la prestación de servicios educativos pagos en su totalidad de acuerdo con los programas educativos (parte del programa educativo) y los términos del contrato.

7. El contratista tiene derecho a reducir el costo de los servicios educativos pagados en virtud del contrato, teniendo en cuenta la cobertura del costo faltante de los servicios educativos pagados con sus propios fondos, incluidos los fondos recibidos de actividades generadoras de ingresos, donaciones voluntarias. y contribuciones específicas de personas físicas y (o) jurídicas. Los motivos y el procedimiento para reducir el costo de los servicios educativos pagos están establecidos por las regulaciones locales y se informan al cliente y (o) al estudiante.

8. No se permite un aumento en el costo de los servicios educativos pagados después de la celebración de un acuerdo, con excepción de un aumento en el costo de estos servicios teniendo en cuenta el nivel de inflación previsto por las principales características del presupuesto federal. para el próximo ejercicio financiero y período de planificación.

II. Información sobre servicios educativos pagados, el procedimiento para celebrar contratos.

9. El Contratista está obligado, antes de celebrar el contrato y durante el período de su vigencia, a proporcionar al cliente información fiable sobre él mismo y sobre los servicios educativos pagados prestados, garantizando la posibilidad de su correcta elección.

10. El Contratista está obligado a proporcionar al cliente información que contenga información sobre la prestación de servicios educativos pagos en la forma y volumen previstos por la Ley de la Federación de Rusia "Sobre la Protección de los Derechos del Consumidor" y la Ley Federal ". Sobre la educación en la Federación de Rusia”.

11. La información prevista en los párrafos 9 y 10 de estas Reglas es proporcionada por el contratista en el lugar de implementación real de las actividades educativas, así como en la ubicación de la sucursal de la organización que lleva a cabo actividades educativas.

12. El acuerdo se concluye en forma escrita simple y contiene la siguiente información:

a) el nombre completo y la razón social (si la hubiera) del artista intérprete o ejecutante, una entidad jurídica; apellido, nombre, patronímico (si lo hubiera) del artista - empresario individual;

b) ubicación o lugar de residencia del artista intérprete o ejecutante;

c) nombre o apellido, nombre, patronímico (si lo hubiera) del cliente, número de teléfono del cliente;

d) ubicación o lugar de residencia del cliente;

e) apellido, nombre, patronímico (si lo hubiera) del representante del contratista y (o) del cliente, detalles del documento que certifica la autoridad del representante del contratista y (o) del cliente;

f) apellido, nombre, patronímico (si lo hubiera) del estudiante, su lugar de residencia, número de teléfono (indicado en el caso de la prestación de servicios educativos remunerados a favor de un estudiante que no es cliente en virtud del contrato) ;

g) derechos, deberes y responsabilidades del artista, cliente y estudiante;

h) el costo total de los servicios educativos, el procedimiento para su pago;

i) información sobre la licencia para realizar actividades educativas (nombre de la autoridad otorgante, número y fecha de registro de la licencia);

j) tipo, nivel y (o) enfoque del programa educativo (parte de un programa educativo de cierto nivel, tipo y (o) enfoque);

k) forma de formación;

l) plazos para dominar el programa educativo (duración del estudio);

m) el tipo de documento (si lo hubiera) emitido al estudiante después de haber completado con éxito el programa educativo correspondiente (parte del programa educativo);

o) el procedimiento para modificar y rescindir el contrato;

o) otra información necesaria relacionada con las características específicas de los servicios educativos pagos prestados.

13. El acuerdo no puede contener condiciones que limiten los derechos de las personas con derecho a recibir educación de un determinado nivel y orientación y que hayan presentado una solicitud de admisión para estudiar (en adelante, solicitantes), y los estudiantes o reduzcan el nivel de garantías proporcionadas. a ellos en comparación con las condiciones establecido por la ley Federación de Rusia sobre educación. Si en el contrato se incluyen condiciones que limitan los derechos de los solicitantes y estudiantes o que reducen el nivel de garantías que se les brindan, dichas condiciones no están sujetas a aplicación.

14. Los modelos de acuerdos son aprobados por el órgano ejecutivo federal que ejerce las funciones de desarrollar la política estatal y la regulación legal en el campo de la educación.

15. La información especificada en el contrato debe corresponder a la información publicada en el sitio web oficial de la organización educativa en la red de información y telecomunicaciones de Internet en la fecha de celebración del contrato.

III. Responsabilidad del contratista y del cliente.

16. Por incumplimiento o cumplimiento inadecuado de las obligaciones contractuales, el contratista y el cliente son responsables según el contrato y la legislación de la Federación de Rusia.

17. Si se detecta una falta de servicios educativos pagados, incluida su prestación no íntegra, prevista por los programas educativos (parte del programa educativo), el cliente tiene derecho, a su elección, a exigir:

a) prestación de servicios educativos de forma gratuita;

b) una reducción proporcional del costo de los servicios educativos remunerados prestados;

c) reembolso de los gastos incurridos por él para eliminar deficiencias en los servicios educativos remunerados prestados por sí o por terceros.

18. El cliente tiene derecho a negarse a cumplir el contrato y exigir una compensación total por las pérdidas si el contratista no elimina las deficiencias de los servicios educativos pagados dentro del plazo establecido en el contrato. El cliente también tiene derecho a negarse a cumplir el contrato si descubre una deficiencia significativa en los servicios educativos pagados prestados u otras desviaciones importantes de los términos del contrato.

19. Si el contratista violó los términos para la prestación de servicios educativos pagados (las fechas de inicio y (o) finalización para la prestación de servicios educativos pagados y (o) términos intermedios para la prestación de servicios educativos pagados) o si durante la prestación de los servicios educativos pagados se hizo evidente que no se prestarían en el plazo previsto, el cliente tiene derecho, a su elección:

a) asignar al contratista un nuevo período durante el cual el contratista debe comenzar a brindar servicios educativos pagos y (o) completar la prestación de servicios educativos pagos;

b) encomendar la prestación de servicios educativos remunerados a terceros a un precio razonable y exigir al contratista el reembolso de los gastos incurridos;

c) exigir una reducción en el costo de los servicios educativos remunerados;

d) rescindir el contrato.

20. El cliente tiene derecho a exigir una compensación total por las pérdidas que le hayan causado en relación con la violación de las fechas de inicio y (o) finalización de la prestación de servicios educativos pagados, así como en relación con las deficiencias de los servicios educativos pagados.

21. A iniciativa del contratista, el contrato podrá resolverse unilateralmente en el siguiente caso:

a) solicitud de expulsión como medida disciplinaria a un estudiante que haya cumplido 15 años;

b) incumplimiento por parte de los estudiantes en un programa educativo profesional (parte de un programa educativo) de cumplir con las obligaciones de dominar concienzudamente dicho programa educativo (parte de un programa educativo) e implementar el plan de estudios;

c) establecimiento de una violación del procedimiento de admisión a una organización que realiza actividades educativas, que resultó, por culpa del estudiante, en su inscripción ilegal en esta organización educativa;

d) pago tardío del costo de los servicios educativos pagados;

e) la imposibilidad de cumplir adecuadamente con las obligaciones de brindar servicios educativos remunerados debido a las acciones (inacción) del estudiante.

Decreto del Gobierno de la Federación de Rusia del 15 de agosto de 2013 N 706
“Sobre la aprobación del Reglamento para la prestación de servicios educativos remunerados”

  1. El acuerdo no puede contener condiciones que limiten los derechos de las personas con derecho a recibir educación de un determinado nivel y orientación y que hayan presentado una solicitud de admisión para estudiar (en adelante, solicitantes), y de los estudiantes, o reduzcan el nivel de garantías que se les brinda. en comparación con las condiciones establecidas por la legislación de la Federación de Rusia sobre educación. Si en el contrato se incluyen condiciones que limitan los derechos de los solicitantes y estudiantes o que reducen el nivel de garantías que se les brindan, dichas condiciones no están sujetas a aplicación.
  2. Los modelos de acuerdos son aprobados por el órgano ejecutivo federal responsable de desarrollar la política estatal y la regulación legal en el campo de la educación.
  3. La información especificada en el contrato debe corresponder a la información publicada en el sitio web oficial de la organización educativa en la red de información y telecomunicaciones de Internet en la fecha de celebración del contrato.

III. Responsabilidad del contratista y del cliente.

  1. 3a incumplimiento o cumplimiento inadecuado de las obligaciones contractuales, el contratista y el cliente son responsables según el contrato y la legislación de la Federación de Rusia.
  2. Si se detecta una falta de servicios educativos pagos, incluida su prestación no íntegra, prevista por los programas educativos (parte del programa educativo), el cliente tiene derecho, a su elección, a exigir:

a) prestación de servicios educativos de forma gratuita;

b) una reducción proporcional del costo de los servicios educativos remunerados prestados;

c) reembolso de los gastos incurridos por él para eliminar deficiencias en los servicios educativos remunerados prestados por sí o por terceros.

  1. El cliente tiene derecho a negarse a cumplir el contrato y exigir una compensación total por las pérdidas si el contratista no elimina las deficiencias de los servicios educativos pagados dentro del plazo establecido en el contrato. El cliente también tiene derecho a negarse a cumplir el contrato si descubre una deficiencia significativa en los servicios educativos pagados prestados u otras desviaciones importantes de los términos del contrato.
  2. Si el contratista violó los términos para la prestación de servicios educativos pagados (las fechas de inicio y (o) finalización de la prestación de servicios educativos pagados y (o) los términos intermedios para la prestación de servicios educativos pagados) o si durante la prestación de servicios educativos pagados servicios educativos se hizo evidente que no se llevarían a cabo a tiempo. El cliente tiene derecho a elegir:

a) asignar al contratista un nuevo período durante el cual el contratista debe comenzar a brindar servicios educativos pagos y (o) completar la prestación de servicios educativos pagos;

b) encomendar la prestación de servicios educativos remunerados a terceros a un precio razonable y exigir al contratista el reembolso de los gastos incurridos;

c) exigir una reducción en el costo de los servicios educativos remunerados;

d) rescindir el contrato.

  1. El cliente tiene derecho a exigir una compensación total por las pérdidas que le hayan causado en relación con la violación de las fechas de inicio y (o) finalización de la prestación de servicios educativos pagados, así como en relación con las deficiencias de los servicios educativos pagados.
  2. A iniciativa del contratista, el contrato podrá resolverse unilateralmente en el siguiente caso:

a) solicitud de expulsión como medida disciplinaria a un estudiante que haya cumplido 15 años;

b) incumplimiento por parte de los estudiantes en un programa educativo profesional (parte de un programa educativo) de cumplir con las obligaciones de dominar concienzudamente dicho programa educativo (parte de un programa educativo) e implementar el plan de estudios;

c) establecimiento de una violación del procedimiento de admisión a una organización que realiza actividades educativas, que resultó, por culpa del estudiante, en su inscripción ilegal en esta organización educativa;

d) pago tardío del costo de los servicios educativos pagados;

e) la imposibilidad de cumplir adecuadamente con las obligaciones de brindar servicios educativos remunerados debido a las acciones (inacción) del estudiante.

De conformidad con la parte 9 del artículo 54 de la Ley federal "sobre educación en la Federación de Rusia", el Gobierno de la Federación de Rusia decide:

1. Aprobar el Reglamento adjunto para la prestación de servicios educativos remunerados.

2. Reconocer como inválido:

Decreto del Gobierno de la Federación de Rusia de 5 de julio de 2001 N 505 "Sobre la aprobación de las Normas para la prestación de servicios educativos remunerados" (Legislación recopilada de la Federación de Rusia, 2001, N 29, Art. 3016);

Decreto del Gobierno de la Federación de Rusia de 1 de abril de 2003 N 181 "Sobre la introducción de modificaciones y adiciones al Decreto del Gobierno de la Federación de Rusia de 5 de julio de 2001 N 505" (Legislación recopilada de la Federación de Rusia, 2003, N 14, artículo 1281);

Decreto del Gobierno de la Federación de Rusia de 28 de diciembre de 2005 N 815 "Sobre enmiendas a las Normas para la prestación de servicios educativos remunerados" (Legislación recopilada de la Federación de Rusia, 2006, N 1, art. 156);

2008 N 682 “Sobre enmiendas a las Reglas para la prestación de servicios educativos remunerados” (Legislación recopilada de la Federación de Rusia, 2008, N 38, Art. 4317).

Presidente del Gobierno de la Federación de Rusia D. Medvedev

Reglas para la prestación de servicios educativos pagados.

I. Disposiciones generales

1. Este Reglamento determina el procedimiento para la prestación de servicios educativos remunerados.

2. Conceptos utilizados en estas Reglas:

“cliente”: una persona física y (o) jurídica que tiene la intención de solicitar o solicitar servicios educativos pagados para sí mismo o para otras personas sobre la base de un acuerdo;

"ejecutor": una organización que lleva a cabo actividades educativas y brinda servicios educativos remunerados a los estudiantes (los empresarios individuales que llevan a cabo actividades educativas se equiparan a una organización que lleva a cabo actividades educativas);

“Falta de servicios educativos pagados”: incumplimiento de los servicios educativos pagados con los requisitos obligatorios previstos por la ley o en la forma establecida por ella, o con los términos del contrato (en su ausencia o en el caso de que las condiciones generalmente impuestas a ellos estén incompletas o incompletas). los requisitos), o los fines para los cuales se utilizan habitualmente los servicios educativos pagados, o los fines de los cuales el cliente informó al contratista al celebrar el contrato, incluida su prestación no en la medida completa prevista por los programas educativos (parte del programa educativo);

“estudiante”: un individuo que domina un programa educativo;

“servicios educativos pagados”: la implementación de actividades educativas en asignaciones y por cuenta de personas físicas y (o) jurídicas en virtud de acuerdos educativos celebrados al momento de la admisión a estudiar (en adelante, el acuerdo);

“una deficiencia significativa en los servicios educativos remunerados” es una deficiencia irreparable, o una deficiencia que no puede eliminarse sin costos o tiempo desproporcionados, o se identifica repetidamente, o reaparece después de su eliminación, u otras deficiencias similares.

3. No se pueden proporcionar servicios educativos remunerados en lugar de actividades educativas cuyo apoyo financiero se proporciona mediante asignaciones presupuestarias del presupuesto federal, los presupuestos de las entidades constitutivas de la Federación de Rusia y los presupuestos locales. Los fondos recibidos por los artistas intérpretes o ejecutantes durante la prestación de dichos servicios educativos pagados se devuelven a las personas que pagaron por estos servicios.

4. Las organizaciones que llevan a cabo actividades educativas a expensas de las asignaciones presupuestarias del presupuesto federal, los presupuestos de las entidades constitutivas de la Federación de Rusia y los presupuestos locales tienen derecho a proporcionar servicios educativos remunerados a expensas de las personas físicas y (o) jurídicas que sean no previsto por la asignación o acuerdo estatal o municipal establecido sobre la provisión de un subsidio para el reembolso de costos en las mismas condiciones para la prestación de los mismos servicios.

5. El rechazo por parte del cliente de los servicios educativos pagados que se le ofrecen no puede ser motivo de un cambio en el volumen y las condiciones de los servicios educativos que ya le ha proporcionado el contratista.

6. El Contratista está obligado a proporcionar al cliente la prestación de servicios educativos pagos en su totalidad de acuerdo con los programas educativos (parte del programa educativo) y los términos del contrato.

7. El contratista tiene derecho a reducir el costo de los servicios educativos pagados en virtud del contrato, teniendo en cuenta la cobertura del costo faltante de los servicios educativos pagados con sus propios fondos, incluidos los fondos recibidos de actividades generadoras de ingresos, donaciones voluntarias. y contribuciones específicas de personas físicas y (o) jurídicas. Los motivos y el procedimiento para reducir el costo de los servicios educativos pagos están establecidos por las regulaciones locales y se informan al cliente y (o) al estudiante.

8. No se permite un aumento en el costo de los servicios educativos pagados después de la celebración de un acuerdo, con excepción de un aumento en el costo de estos servicios teniendo en cuenta el nivel de inflación previsto por las principales características del presupuesto federal. para el próximo ejercicio financiero y período de planificación.

II. Información sobre servicios educativos pagados, el procedimiento para celebrar contratos.

9. El Contratista está obligado, antes de celebrar el contrato y durante el período de su vigencia, a proporcionar al cliente información fiable sobre él mismo y sobre los servicios educativos pagados prestados, garantizando la posibilidad de su correcta elección.

10. El Contratista está obligado a proporcionar al cliente información que contenga información sobre la prestación de servicios educativos pagos en la forma y volumen previstos por la Ley de la Federación de Rusia "Sobre la Protección de los Derechos del Consumidor" y la Ley Federal ". Sobre la educación en la Federación de Rusia”.

11. La información prevista en los párrafos 9 y 10 de estas Reglas es proporcionada por el contratista en el lugar de implementación real de las actividades educativas, así como en la ubicación de la sucursal de la organización que lleva a cabo actividades educativas.

12. El acuerdo se concluye en forma escrita simple y contiene la siguiente información:

a) el nombre completo y la razón social (si la hubiera) del artista intérprete o ejecutante, una entidad jurídica; apellido, nombre, patronímico (si lo hubiera) del artista - empresario individual;

b) ubicación o lugar de residencia del artista intérprete o ejecutante;

c) nombre o apellido, nombre, patronímico (si lo hubiera) del cliente, número de teléfono del cliente;

d) ubicación o lugar de residencia del cliente;

e) apellido, nombre, patronímico (si lo hubiera) del representante del contratista y (o) del cliente, detalles del documento que certifica la autoridad del representante del contratista y (o) del cliente;

f) apellido, nombre, patronímico (si lo hubiera) del estudiante, su lugar de residencia, número de teléfono (indicado en el caso de la prestación de servicios educativos remunerados a favor de un estudiante que no es cliente en virtud del contrato) ;

g) derechos, deberes y responsabilidades del artista, cliente y estudiante;

h) el costo total de los servicios educativos, el procedimiento para su pago;

i) información sobre la licencia para realizar actividades educativas (nombre de la autoridad otorgante, número y fecha de registro de la licencia);

j) tipo, nivel y (o) enfoque del programa educativo (parte de un programa educativo de cierto nivel, tipo y (o) enfoque);

k) forma de formación;

l) plazos para dominar el programa educativo (duración del estudio);

m) el tipo de documento (si lo hubiera) emitido al estudiante después de haber completado con éxito el programa educativo correspondiente (parte del programa educativo);

o) el procedimiento para modificar y rescindir el contrato;

o) otra información necesaria relacionada con las características específicas de los servicios educativos pagos prestados.

13. El acuerdo no puede contener condiciones que limiten los derechos de las personas con derecho a recibir educación de un determinado nivel y orientación y que hayan presentado una solicitud de admisión para estudiar (en adelante, solicitantes) y los estudiantes o reduzcan el nivel de garantías brindadas a ellos en comparación con las condiciones establecidas por la ley Federación Rusa sobre educación. Si en el contrato se incluyen condiciones que limitan los derechos de los solicitantes y estudiantes o que reducen el nivel de garantías que se les brindan, dichas condiciones no están sujetas a aplicación.

14. Los modelos de acuerdos son aprobados por el órgano ejecutivo federal que ejerce las funciones de desarrollar la política estatal y la regulación legal en el campo de la educación.

15. La información especificada en el contrato debe corresponder a la información publicada en el sitio web oficial de la organización educativa en la red de información y telecomunicaciones de Internet en la fecha de celebración del contrato.

III. Responsabilidad del contratista y del cliente.

16. Por incumplimiento o cumplimiento inadecuado de las obligaciones contractuales, el contratista y el cliente son responsables según el contrato y la legislación de la Federación de Rusia.

17. Si se detecta una falta de servicios educativos pagados, incluida su prestación no íntegra, prevista por los programas educativos (parte del programa educativo), el cliente tiene derecho, a su elección, a exigir:

a) prestación de servicios educativos de forma gratuita;

b) una reducción proporcional del costo de los servicios educativos remunerados prestados;

c) reembolso de los gastos incurridos por él para eliminar deficiencias en los servicios educativos remunerados prestados por sí o por terceros.

18. El cliente tiene derecho a negarse a cumplir el contrato y exigir una compensación total por las pérdidas si el contratista no elimina las deficiencias de los servicios educativos pagados dentro del plazo establecido en el contrato. El cliente también tiene derecho a negarse a cumplir el contrato si descubre una deficiencia significativa en los servicios educativos pagados prestados u otras desviaciones importantes de los términos del contrato.

19. Si el contratista violó los términos para la prestación de servicios educativos pagados (las fechas de inicio y (o) finalización para la prestación de servicios educativos pagados y (o) términos intermedios para la prestación de servicios educativos pagados) o si durante la prestación de los servicios educativos pagados se hizo evidente que no se prestarían en el plazo previsto, el cliente tiene derecho, a su elección:

a) asignar al contratista un nuevo período durante el cual el contratista debe comenzar a brindar servicios educativos pagos y (o) completar la prestación de servicios educativos pagos;

b) encomendar la prestación de servicios educativos remunerados a terceros a un precio razonable y exigir al contratista el reembolso de los gastos incurridos;

c) exigir una reducción en el costo de los servicios educativos remunerados;

d) rescindir el contrato.

20. El cliente tiene derecho a exigir una compensación total por las pérdidas que le hayan causado en relación con la violación de las fechas de inicio y (o) finalización de la prestación de servicios educativos pagados, así como en relación con las deficiencias de los servicios educativos pagados.

21. A iniciativa del contratista, el contrato podrá resolverse unilateralmente en el siguiente caso:

a) solicitud de expulsión como medida disciplinaria a un estudiante que haya cumplido 15 años;

b) incumplimiento por parte de los estudiantes en un programa educativo profesional (parte de un programa educativo) de cumplir con las obligaciones de dominar concienzudamente dicho programa educativo (parte de un programa educativo) e implementar el plan de estudios;

c) establecimiento de una violación del procedimiento de admisión a una organización que realiza actividades educativas, que resultó, por culpa del estudiante, en su inscripción ilegal en esta organización educativa;

d) pago tardío del costo de los servicios educativos pagados;

e) la imposibilidad de cumplir adecuadamente con las obligaciones de brindar servicios educativos remunerados debido a las acciones (inacción) del estudiante.


Fecha de guardado: 03/09/2013

GOBIERNO DE LA FEDERACIÓN DE RUSIA

RESOLUCIÓN

SOBRE LA APROBACIÓN DE LAS NORMAS

PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS PAGOS

De acuerdo con
parte 9 del artículo 54Ley federal "sobre educación en la Federación de Rusia" El Gobierno de la Federación de Rusia decide:

1. Aprobar el adjunto Normas prestación de servicios educativos remunerados.

2. Reconocer como inválido:

Aprobado

Resolución del gobierno

Federación Rusa

REGLAS PARA PROPORCIONAR SERVICIOS EDUCATIVOS PAGOS

I. Disposiciones generales

1. Este Reglamento determina el procedimiento para la prestación de servicios educativos remunerados.

2. Conceptos utilizados en estas Reglas:

“cliente”: una persona física y (o) jurídica que tiene la intención de solicitar o solicitar servicios educativos pagados para sí mismo o para otras personas sobre la base de un acuerdo;

"ejecutor": una organización que lleva a cabo actividades educativas y brinda servicios educativos remunerados a los estudiantes (los empresarios individuales que llevan a cabo actividades educativas se equiparan a una organización que lleva a cabo actividades educativas);

“Falta de servicios educativos pagados”: incumplimiento de los servicios educativos pagados con los requisitos obligatorios previstos por la ley o en la forma establecida por ella, o con los términos del contrato (en su ausencia o en el caso de que las condiciones generalmente impuestas a ellos estén incompletas o incompletas). los requisitos), o los fines para los cuales se utilizan habitualmente los servicios educativos pagados, o los fines de los cuales el cliente informó al contratista al celebrar el contrato, incluida su prestación no en la medida completa prevista por los programas educativos (parte del programa educativo);

“estudiante”: un individuo que domina un programa educativo;

“servicios educativos pagados”: la implementación de actividades educativas en asignaciones y por cuenta de personas físicas y (o) jurídicas en virtud de acuerdos educativos celebrados al momento de la admisión a estudiar (en adelante, el acuerdo);

“una deficiencia significativa en los servicios educativos remunerados” es una deficiencia irreparable, o una deficiencia que no puede eliminarse sin costos o tiempo desproporcionados, o se identifica repetidamente, o reaparece después de su eliminación, u otras deficiencias similares.

3. No se pueden proporcionar servicios educativos remunerados en lugar de actividades educativas cuyo apoyo financiero se proporciona mediante asignaciones presupuestarias del presupuesto federal, los presupuestos de las entidades constitutivas de la Federación de Rusia y los presupuestos locales. Los fondos recibidos por los artistas intérpretes o ejecutantes durante la prestación de dichos servicios educativos pagados se devuelven a las personas que pagaron por estos servicios.

4. Las organizaciones que llevan a cabo actividades educativas a expensas de las asignaciones presupuestarias del presupuesto federal, los presupuestos de las entidades constitutivas de la Federación de Rusia y los presupuestos locales tienen derecho a proporcionar servicios educativos remunerados a expensas de las personas físicas y (o) jurídicas que sean no previsto por la asignación o acuerdo estatal o municipal establecido sobre la provisión de un subsidio para el reembolso de costos en las mismas condiciones para la prestación de los mismos servicios.

5. El rechazo por parte del cliente de los servicios educativos pagados que se le ofrecen no puede ser motivo de un cambio en el volumen y las condiciones de los servicios educativos que ya le ha proporcionado el contratista.

6. El Contratista está obligado a proporcionar al cliente la prestación de servicios educativos pagos en su totalidad de acuerdo con los programas educativos (parte del programa educativo) y los términos del contrato.

7. El contratista tiene derecho a reducir el costo de los servicios educativos pagados en virtud del contrato, teniendo en cuenta la cobertura del costo faltante de los servicios educativos pagados con sus propios fondos, incluidos los fondos recibidos de actividades generadoras de ingresos, donaciones voluntarias. y contribuciones específicas de personas físicas y (o) jurídicas. Los motivos y el procedimiento para reducir el costo de los servicios educativos pagos están establecidos por las regulaciones locales y se informan al cliente y (o) al estudiante.

8. No se permite un aumento en el costo de los servicios educativos pagados después de la celebración de un acuerdo, con excepción de un aumento en el costo de estos servicios teniendo en cuenta el nivel de inflación previsto por las principales características del presupuesto federal. para el próximo ejercicio financiero y período de planificación.

II. Información sobre servicios educativos pagos,

procedimiento para celebrar contratos

9. El Contratista está obligado, antes de celebrar el contrato y durante el período de su vigencia, a proporcionar al cliente información fiable sobre él mismo y sobre los servicios educativos pagados prestados, garantizando la posibilidad de su correcta elección.

III. Responsabilidad del contratista y del cliente.

16. Por incumplimiento o cumplimiento inadecuado de las obligaciones contractuales, el contratista y el cliente son responsables según el contrato y
legislación Federación Rusa.

17. Si se detecta una falta de servicios educativos pagados, incluida su prestación no íntegra, prevista por los programas educativos (parte del programa educativo), el cliente tiene derecho, a su elección, a exigir:

a) prestación de servicios educativos de forma gratuita;

b) una reducción proporcional del costo de los servicios educativos remunerados prestados;

c) reembolso de los gastos incurridos por él para eliminar deficiencias en los servicios educativos remunerados prestados por sí o por terceros.

18. El cliente tiene derecho a negarse a cumplir el contrato y exigir una compensación total por las pérdidas si el contratista no elimina las deficiencias de los servicios educativos pagados dentro del plazo establecido en el contrato. El cliente también tiene derecho a negarse a cumplir el contrato si descubre una deficiencia significativa en los servicios educativos pagados prestados u otras desviaciones importantes de los términos del contrato.

19. Si el contratista violó los términos para la prestación de servicios educativos pagados (las fechas de inicio y (o) finalización para la prestación de servicios educativos pagados y (o) términos intermedios para la prestación de servicios educativos pagados) o si durante la prestación de los servicios educativos pagados se hizo evidente que no se prestarían en el plazo previsto, el cliente tiene derecho, a su elección:

a) asignar al contratista un nuevo período durante el cual el contratista debe comenzar a brindar servicios educativos pagos y (o) completar la prestación de servicios educativos pagos;

b) encomendar la prestación de servicios educativos remunerados a terceros a un precio razonable y exigir al contratista el reembolso de los gastos incurridos;

c) exigir una reducción en el costo de los servicios educativos remunerados;

d) rescindir el contrato.

20. El cliente tiene derecho a exigir una compensación total por las pérdidas que le hayan causado en relación con la violación de las fechas de inicio y (o) finalización de la prestación de servicios educativos pagados, así como en relación con las deficiencias de los servicios educativos pagados.

21. A iniciativa del contratista, el contrato podrá resolverse unilateralmente en el siguiente caso:

a) solicitud de expulsión como medida disciplinaria a un estudiante que haya cumplido 15 años;

b) incumplimiento por parte de los estudiantes en un programa educativo profesional (parte de un programa educativo) de cumplir con las obligaciones de dominar concienzudamente dicho programa educativo (parte de un programa educativo) e implementar el plan de estudios;

c) establecimiento de una violación del procedimiento de admisión a una organización que realiza actividades educativas, que resultó, por culpa del estudiante, en su inscripción ilegal en esta organización educativa;

d) pago tardío del costo de los servicios educativos pagados;

e) la imposibilidad de cumplir adecuadamente con las obligaciones de brindar servicios educativos remunerados debido a las acciones (inacción) del estudiante.